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viernes, 26 de febrero de 2016

Quienes se pueden acoger a los beneficios del programa PRAIS

Los beneficios del PRAIS son un derecho de todas las personas que fueron víctimas de violaciones a los derechos humanos entre el septiembre de 1973 y marzo de 1990.

Se trata de una política pública de reparación, no es un premio, un favor ni un regalo de los gobiernos posteriores a la dictadura. El ejercicio de estos derechos no obliga a los beneficiarios a efectuar actos de recompensa, como dar el voto. Mucho menos, a entregar colaboraciones económicas a funcionarios ni organizaciones públicas ni privadas que tengan que ver con los derechos humanos.

Los beneficios del PRAIS son diferentes a los derechos a pensiones para las y los exonerados o las víctimas y familiares reconocidos en los informes Rettig o Valech.

Tiene derecho a este beneficio cualquiera persona que sea familiar de ejecutados o detenidos desaparecidos, o haya sido exonerada, o haya sido reconocida como víctima en alguno de los informes Rettig o Valech, o haya estado en el exilio o haya colaborado durante diez años en actividades de derechos humanos.

El derecho se solicita a la oficina del PRAIS que se sitúa en el Servicio de Salud de su domicilio, presentando la documentación que lo acredita como posible beneficiario.

Personas que no hayan sido reconocidas como exonerados o víctimas de violaciones a los derechos humanos, durante la vigencia de los llamados a exonerados o del funcionamiento de las comisiones, y que tengan documentos que lo acrediten en alguno de los casos que la ley establece, pueden presentar su solicitud a la oficina PRAIS respectiva.

Entregamos una lista de direcciones de los servicios PRAIS, con los nombres de sus encargados, según información publicada por el Gobierno.

Los beneficiarios PRAIS, acreditados o no, tienen derecho a ser oídos por las instituciones públicas: Ministerio de Salud, Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia, Instituto de los Derechos Humanos.

De acuerdo a la ley del Lobby y ley de Transparencia, las y los ciudadanos tenemos derecho a presentar peticiones a las autoridades, tanto por escrito como mediante portales de Internet que mantienen las instituciones públicas en sus páginas. Tienen derecho a solicitar entrevistas con las autoridades y a recibir respuesta en breve plazo, tal como establecen las leyes.

Publicación de la Coordinadora Interregional de Derechos Humanos MAPU, PT, MPT.


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