A lograr movilización y crear conciencia popular

A lograr movilización y crear conciencia popular

El MAPU no se rinde

El MAPU no se rinde

54 años de lucha

54 años de lucha

«

MAPU: 54 AÑOS LUCHANDO, CREANDO PODER POPULAR

«

POR LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS Y LOS TRABAJADORES

«

No + AFP, No + migajas, renacionalización del cobre y del agua, educación gratuita, estatal y de calidad:

A ORGANIZAR UN GRAN PARO GENERAL


«

EL MAPU SALUDA AL MPT
EN SU 14° ANIVERSARIO 5 de abril 2009-2023

UNIR LAS LUCHAS PARA QUE LOS PUEBLOS Y LOS TRABAJADORES MANDEN

lunes, 5 de enero de 2009

Los Ex PP y el Instituto de DDHH

HECTOR CATALDO 31/12/08 Ante el anuncio de Gobierno de insistir en la aprobación del proyecto de ley que crea el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) que entregó la comisión mixta para la votación en salas, es necesario hacer algunas precisiones: HACIA UNA CONDUCCIÓN INDEPENDIENTE Y DEMOCRÁTICA DE LOS EXPP El Gobierno de la Concertación, encabezado por la Presidenta Michelle Bachelet, pasará a la historia como uno de los que menos preocupación por el tema de los Derechos Humanos ha mostrado. Al menos así ha sido en el "primer tiempo" y en lo que va corrido del segundo. El proyecto estrella, reconocido así por el propio gobierno, es el que crea el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), consensuado una y otra vez con la derecha política, pero jamás sometido a la discusión democrática con el conjunto del país. Sin perjuicio de las críticas técnico jurídicas de los expertos en Derecho Humanitario, siempre es oportuno - porque la memoria es frágil – recordar cuáles son las críticas desde la óptica de los ex Presos Políticos al proyecto de ley que crea el INDH, en esta hora en que el Gobierno ha decidido darle nuevo impulso: 1.- En primer lugar está el hecho de que NO es autónomo del Estado. Tiene un Consejo o directorio de 11 miembros, 6 de los cuáles son cooptados por el Estado, por tanto éste tiene mayoría (Art. 6). Dado que los delitos de lesa humanidad, como la tortura, sólo los pueden cometer el Estado a través de sus agentes o de particulares a su servicio, es evidente que una institución como el INDH así concebido no garantiza que va a actuar en su contra. 2.- Algunos dirigentes sociales, personeros e incluso ONGs históricamente comprometidos con los DD HH, creen que pueden influir para que el Parlamento o el Gobierno elijan hombres "buenos". El sentido común y la experiencia social indican que eso no va a ocurrir porque son otros los criterios que se usan a la hora de otorgar cuotas de poder o prebendas económicas. Por el contrario, lo más probable es que el Gobierno de turno instale operadores suyos entre los representantes de las organizaciones sociales o revoque la representación de quienes se transformen en sus críticos. 3. - No está normada la revocabilidad de los representantes Sociales por sus propias organizaciones. Sólo se norma la remoción por la Corte Suprema – la misma que rechazó los recursos de Amparo en tiempos de la dictadura o que se autoinhibe en el tema de la Justicia Militar - a requerimiento del Presidente de la República, de la Cámara de Diputados o diez de sus miembros (Art. 7º). 4.- No se ajusta, la composición del Consejo, a los Principios de París que indican la representación de las Organizaciones Sociales interesadas en la promoción y defensa de los DD HH. Mencionan UN representante del parlamento pero ninguno del Ejecutivo. 5.- No se toman en consideración sectores afectados por violaciones a sus derechos como los trabajadores, los estudiantes, los Pueblos Indígenas, las minorías sexuales, etc. 6.- El artículo 6º, letra e), establece la cooptación del movimiento de Derechos Humanos por el Estado, al arrogarse éste la atribución de definir, por estatutos, la forma en que se elegirán los 4 Consejeros de las Organizaciones Sociales, al limitar éstas a las que tengan personalidad jurídica vigente y condicionarlas a estar en el registro respectivo del propio Instituto. Sobre las Normas Transitorias y los temas reivindicativos de los exPP. La historia resumida dice que el Comando Unitario solicitó a algunos parlamentarios, como también a otras autoridades, la corrección de los defectos de la ley Valech como herramienta reparadora. Esto llevó a que los parlamentarios incluyeran los tres temas ya conocidos de las Normas Transitorias, en el proyecto que crea el INDH. Si bien esta indicación carecía de valor en el procedimiento parlamentario, porque las iniciativas que involucran platas deben ser del Ejecutivo, curiosamente o coincidentemente el Gobierno las acogió con el espíritu y redacción que cuestionamos, usándolas como moneda de cambio para dar legitimidad al INDH negociado con la derecha. Veamos: LA REAPERTURA 1. - Es inaceptable la reapertura de la Calificación a cambio de otorgar la reparación por violación de los derechos humanos a los agentes del Estado que los violaron. (Normas Transitorias Art. 3º, letra b) 2. - La reapertura debe recoger las críticas hechas a la Comisión Valech: Falta de difusión, poco tiempo de registro, personal inadecuado, criterios de calificación, largo tiempo para entregar la calificación. LA BECA A UN HIJO O NIETO 3. - El traspaso de la beca Valech no es tal. Lo que está escrito es el término del beneficio Valech y el surgimiento del derecho a postular a una beca de régimen con ajuste al reglamento de las propias becas (cada beca tiene su propio reglamento o articulado que la norma), lo que no es beneficio, sino el derecho de todos los estudiantes chilenos. 4. - No cubre el 100 % del arancel (ninguna de las becas ofrecidas lo hace). 5. - No permite el acceso a todas las instituciones de educación superior. 6. - No incluyen (las becas) financiamiento de post grado. 7. - El beneficio no se extiende a todos los hijos y nietos. 8. - Lo anterior introduce, en el seno de la familia y con la excusa de reparación, una violenta discriminación al tener que decidir a cuál de los descendientes se favorecerá, en perjuicio del resto. 9. - Una consecuencia evidente es que el beneficio educacional pierde su efecto reparatorio en la víctima directa del Terrorismo de Estado ya que, para favorecer a un descendiente, el ex PP debe RENUNCIAR a su beca. Al respecto cabe mencionar que el objetivo de la Reparación, en materia educacional, se refiere a completar una parte de la formación del individuo que quedó trunca o fue imposible realizar, como efecto del desmedro que provocó el evento represivo. Sería inconducente interpretar la continuidad de estudio como el simple término de la carrera que quedó trunca a casi 36 años de ocurrido aquello. Este fenómeno ocurrió no sólo con el exPP sino con todo su entorno familiar, de lo cual se deduce la demanda respectiva en la Plataforma de 12 puntos. Hay un vacío, sin duda alguna, en la implementación de la reparación educacional al no surgir, desde el Estado, ninguna oferta específica que permita a los ex PP mayores, jubilados o sin educación secundaria completa, acceder a cursos, programas o capacitaciones según sus deseos y condiciones específicas. LA PENSIÓN A LA VIUDA 10. - No hay traspaso ni herencia. 11. - Lo que se establece es la creación de una nueva pensión que favorece a la viuda como efecto de la muerte del ex PP (Art. 7º de las Normas Transitorias). 12. - Este beneficio no se aplica al viudo, tampoco al o la conviviente. 13. - Como no es una pensión de reparación, se aplica el criterio previsional de asignarle un monto igual al 60% del monto percibido por el ex PP. 14. - Curiosamente y pese a lo anterior, la pensión sigue siendo incompatible con la de exonerado. 15. - Este punto no resuelve la demanda de Heredabilidad, que pasa por quitar el carácter personalísimo que tiene la ley Nº 19.992 (Valech) y considerar a toda la familia en la herencia de los beneficios reparatorios. Foto: Memorial MAPU en Cementerio General. 18 de mayo de 2008. Agradecimientos a Comité Memoria MAPU. CONCLUSIONES 1. - Para los ex PP lo único positivo a rescatar es que el Estado reconoce que la ley Nº 19.992 debe ser mejorada. 2. - Lo anterior significa que la tarea táctica de los ex PP, en lo inmediato, es impulsar una ley que modifique a la Nº 19.992. 3. - Para estos efectos es imperioso SEPARAR los temas reivindicativos de la cualquier proyecto de ley que pretenda crea un INDH, hoy o más adelante. La aprobación del INDH, con las tres Normas Transitorias, es la cabeza de playa que la institucionalidad quiere instalar para cerrar ahí la deuda histórica en DD.HH. y en reparación pendiente. El proyecto de Reparación complementario puede dormir el sueño de los justos por AÑOS. 4. - Las modificaciones deben contemplar los 12 puntos de la "PROPUESTA PARA UNA NUEVA LEY DE REPARACIÓN POR PRISIÓN POLÍTICA Y TORTURA" y deben traducirse en un Proyecto de ley independiente, que sea presentado con urgencia, antes que termine este periodo legislativo (enero 2009). La propuesta del Gobierno de presentarlo en marzo implica que no se verá hasta mayo, cuando comienza efectivamente el nuevo periodo legislativo, lo que seguramente será vetado por ser UN AÑO ELECTORAL. 5. - Es en extremo necesario y urgente preparar un pre proyecto de Nueva ley de Reparación por Prisión Política y Tortura, para facilitar el trabajo de los equipos jurídicos del gobierno y acelerar así el trámite. 6. - Ante la experiencia de la tentación, casi compulsiva, de los representantes de la Concertación por destacar el alto costo que tendría la reparación y echar de esto la culpa a la derecha, es preciso establecer el rechazo absoluto, por inmoral e inexacta, de tal argumentación. Por el contrario, lo caro - política y económicamente hablando - es no reparar o hacerlo bajo el chantaje de la impunidad. Para la derecha nunca ha sido un problema el costo económico. Sus objetivos políticos son extender al máximo el brazo de la impunidad y, en la medida de lo posible, cerrar el tema antes del colapso de la Concertación. El gobierno, por su parte, nunca ha tenido disposición o voluntad política para asumir el ajuste económico que significa reparar como corresponde o dar prioridad y urgencia a los temas de DD HH. Siempre se ha escudado en la oposición de la derecha para justificar y arrogarse el derecho a negociar con ella la obtención de retazos de verdad y justicia (INDH) y una impresentable reparación, a cambio de impunidad. 7. - Algunas opiniones han llamado a apoyar el proyecto de ley que crea el INDH, acordado entre el Gobierno y la derecha, bajo el pretexto de que "los viejos se están muriendo". Proponen llevar a los ex PP a aceptar inmoralidades como extenderles los beneficios de reparación a los torturadores o aceptar remedos de reparación. Así como hoy rendimos honores a las compañeras y compañeros Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos y consideramos que su muerte fue - por sobre todas las cosas – digna, así también ha de ser la de los sobrevivientes. EL TRASPASO Otro tema que ha atravesado la vida interna de las organizaciones de ex PP y ha trascendido más allá de ellas, es el TRASPASO del Beneficio Educacional establecido en la Ley Nº 19.992 (Valech). Durante el año 2007 se configuraron dos condiciones para que esto fuera posible. Por un lado, en el Encuentro de ex PP de Valparaíso, se modificó el punto Nº 13 de la Plataforma Unitaria, referido al beneficio educacional, reduciéndolo de "extenderlo a la pareja, hijos y nietos", a "extenderlo a los hijos y que éstos puedan traspasarlo a uno de sus hijos". Por otro lado las conversaciones del Comando Unitario con la Dirección de Educación Superior del Ministerio de Educación (MINEDUC) condujeron a una modificación en la ley de Presupuestos Nº 20.232 para el año 2008, la que en la Partida 09, capítulo 01, programa 30, subtítulo 24, ítem 03200, glosa 03, letra f), dice "$ 4.802.485 miles para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 30º de la Ley Nº 19.123, la Ley Nº 19.992 y la Ley Nº 19.249. Los beneficiarios a que se refiere el artículo 13, de la Ley Nº 19.992, podrán traspasar el beneficio de la beca a uno de sus descendientes hasta de segundo grado de consanguinidad en línea recta, quienes podrán postular a cualquiera de las becas de las letras a), b), c), y e), bajo las condiciones que establezca el reglamento." Puede apreciarse la coincidencia demasiado grande de que el concepto "traspaso" aparezca secuencialmente en la Plataforma Unitaria, en el texto de la ley de presupuesto y en el texto de las Normas Transitorias del Proyecto de ley que crea el INDH en un corto periodo de 2007. En las dos propuestas de Gobierno, la del MINEDUC- Hacienda y la del INDH, se ofrece el traspaso del beneficio educacional pero, a renglón seguido, se le transforma en beca de régimen (letras a, b, c y e). Con los efectos ya conocidos de que no cubre el total del costo de la carrera, que no es para todas las universidades, que no cubre postgrados, que se pierde el efecto reparatorio en el ex PP, etc. Quien estuviera interiorizado de estos trámites realizados por el Estado podría ignorar la redacción de la ley de presupuesto pero no la del INDH, pues éste era público. Por el contrario, los parlamentarios que hicieron las indicaciones siguieron la orientación de los dirigentes de ex PP que hablaron con ellos. El último balance entregado por el MINEDUC sobre el traspaso 2008 indica que se aprobaron 1386 (mil trescientos ochenta y seis) solicitudes con un gasto total de $ 1.822.000.000 (mil ochocientos veintidós millones) lo que arroja un gasto por cada traspaso de $ 1.315.000 (un millón trescientos quince) al año. El efecto es evidente y explica toda la operación. El Ministerio de Hacienda logró transformar un beneficio educacional que le podía costar unos 3, 5 millones de pesos al año, en una universidad privada promedio, en una beca que le cuesta 1,3 millones. O sea se ahorra $ 2.200.000 (dos millones doscientos mil) anuales por cada traspaso que se concrete. Este criterio miserable de considerar "cara" la reparación se repite majaderamente con el monto de la pensión (bono en rigor) Valech, con la incompatibilidad, con los 100 puntos para el subsidio habitacional, con el 60 % para la viuda y con los remilgos presidenciales para no enviar un proyecto de nueva ley de Reparación por Prisión Política y Tortura al Parlamento con el tiempo suficiente para ser tramitado en este período legislativo. En el caso particular del beneficio educacional algunos dirigentes nacionales expresaron que era "inmoral" pedir becas hasta para los nietos, menos para la pareja. Naturalmente se les puede dar el beneficio de no haber tenido condiciones para hacer la consideración de que el derecho humanitario internacional considera afectado directo, de las violaciones a los derechos Humanos, a todo el entorno familiar vinculado a los eventos represivos. Esto es algo que se puede y se debe corregir. Sin embargo hay una proyección de esta percepción de "inmoralidad" que resulta aplastante. Cuando los "pingüinos" llevaron su movilización al plano político no sólo consiguieron desbancar la LOCE sino que desvirginaron al movimiento popular al mostrarle el camino, que nunca se debe abandonar, de la consecuencia en la defensa de los intereses del pueblo trabajador: dijeron que el fondo del problema está en hacer de la educación una mercancía – por lo que se opusieron al lucro – y en que la educación es una inversión social, debe ser pública y de calidad y por tanto GRATUITA. Ante esto las palabras sobran.

No hay comentarios:

Publicar un comentario